VENTAJAS FISCALES Y SOCIALES

La contratación de servicios de centros especiales de trabajo como medida alternativa al cumplimiento de la ley de Integración Social de los Minusválidos LISMI conlleva muchas ventajas para el empresario.

  • Hacer donaciones a favor de entidades sin ánimo de lucro dan derecho a deducir de la cuota íntegra del impuesto de sociedades del 35% de la base de deducción, de acuerdo con el artículo 20.1 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (BOE 307, 24 de diciembre de 2002), de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • Hacer donaciones a favor de entidades sin fines lucrativos dan derecho a deducir de la cuota íntegra del impuesto de la renta de las personas físicas el 25% por ciento de la base de la deducción, de acuerdo con el artículo 20.1 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (BOE 307, 24 de diciembre de 2002), de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • Los convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general se consideran gastos deducibles al determinar la base imponible del impuesto de sociedades, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre (BOE 307, 24 de diciembre de 2002), de régimen fiscal de las entidades sin ánimo de lucro y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
  • La difusión de la empresa a los diferentes medios de comunicación, al dar a conocer la colaboración de ésta en la finalidad social de la Fundación Iris: favorecer el colectivo de las personas con discapacidad intelectual.

NORMATIVA PARA EMPRESAS

Si una empresa tiene más de 50 trabajadores está obligada a cumplir con la ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos (LISMI).

Diferentes opciones para cumplir con la ley LISMI:

  • Trabajadores:
    Las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a que el 2% de la plantilla corresponda a trabajadores discapacitados.
  • Contrato mercantil:
    Establecer un contrato mercantil con un Centro Especial de Empleo o con un trabajador autónomo minusválido. El importe de los contratos deben ser por lo menos 3 veces el IPREM (Indicador público de renta de efectos múltiples) anual por cada puesto de trabajado reservado a un discapacitado.
  • Donaciones:
    Realizar donaciones de carácter monetario a fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública, cuyo objeto social sea entre otros, la inserción laboral de los discapacitados y / o su formación. El importe del donativo debe ser al menos, el 1,5 veces el IPREM (salario mínimo interprofesional) anual por cada trabajador discapacitado dejado de contratar por debajo de la cuota del 2%.

CALCULADORA LISMI EMPRESAS

Esta calculadora automática está pensada para calcular el número de trabajadores con certificado de minusvalía a contratar o la contratación o donación que se debe hacer para que la empresa cumpla con la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

Sigue estos pasos:

  1. Computa el número de trabajadores
    • A) Los contratos temporales de más de un año computan como fijos.
    • B) Los contratos hasta un año se computarán según el número de días trabajados: por 200 días, sumados los que corresponden de festivos, vacaciones o descanso semanal, corresponderá un trabajador más.
  2. Marca el cómputo de trabajadores de la empresa en el indicador de la izquierda.
  3. Marca la cantidad de trabajadores con certificado de minusvalía que ya hay en plantilla, en el indicador de la derecha.
  4. Obtención de número de trabajadores a contratar o el cálculo aproximado del importe anual de negocio que se deberá contratar o dar.

La contratación de nuestros servicios permite cumplir con la ley LISMI y conlleva beneficios fiscales y sociales.

IPREM anual 2019 (14 pagas) = 7.519,59 €

Trabajadores que deben ser contratados:

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Importe para contratación con CEE:

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Importe para donación/ patrocinio:

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Infórmate de los servicios que ofrecemos en tu empresa y consigue beneficios fiscales y sociales